EN CALI HABRÍA GARANTÍAS DE SEGURIDAD PARA VOTAR ESTE 29 DE MAYO

El espacio fue liderado por el secretario de Seguridad y Justicia Distrital, Carlos Javier Soler Parra. El funcionario enfatizó que en la capital vallecaucana se velará para que todas las campañas, los delegados y representantes de los distintos partidos políticos, tengan las garantías de seguridad activadas.

Abril 8 del 2022

Con la participación de los organismos de seguridad y control, este jueves (07.04.2022) se realizó en Cali el más reciente Consejo Ampliado de Garantías Electorales, para el análisis de los posibles riesgos frente a la primera vuelta presidencial del próximo 29 de mayo.

El Consejo se da en el marco de un ambiente de preocupación donde simpatizantes del candidato "Fico" Gutiérrez estarían supuestamente organizando un "Plan de Defensa" contra indígenas y la llamada "Primera Línea", plan que ha sido denunciado como "paramilitar" por miembros del "Pacto Histórico".

El espacio fue liderado por el secretario de Seguridad y Justicia Distrital, Carlos Javier Soler Parra. El funcionario enfatizó que en la capital vallecaucana se velará para que todas las campañas, los delegados y representantes de los distintos partidos políticos, tengan las garantías de seguridad activadas.

“El llamado es a la tranquilidad, a estar en orden y participar democráticamente. Garantizaremos la movilidad; activaremos un Puesto de Mando Unificado 48 horas antes del proceso; tendremos restricciones de movimientos de escombros; habrá dispositivos fuertes de la fuerza pública, que en poco tiempo comienza a tomar posición en Santiago de Cali. Asimismo y 48 horas antes, habrá restricciones al consumo de licor y al porte de armas”, manifestó.

Cali cuenta con 190 puestos de votación: 170 en la zona urbana -un 95% situados en instituciones educativas públicas de la ciudad- y 20 en el sector rural para los 15 corregimientos del Distrito.

El registrador especial de Cali, Juan Carlos Dorado Ríos, precisó que durante estas elecciones habrá 4969 mesas, atendidas por aproximadamente 33 mil jurados electorales, quienes están siendo seleccionados por las instituciones encargadas.

“Hemos llegado a unas conclusiones importantes, donde fundamentalmente hay un parte de total tranquilidad para el desarrollo de estas justas. Lo que han solicitado las campañas es total ejercicio de transparencia para el desarrollo proselitista de los candidatos. Todos los organismos de seguridad y la institucionalidad presente se han comprometido”, indicó el Registrador.

Los organismos de inteligencia nacional tienen activadas todas sus capacidades especiales para que, a través de la Fiscalía, se tengan capacidades de judicialización directas frente a lo que pudiera presentarse en Cali.

Con relación a la publicidad exterior visual, bajo el Decreto 0121 de 2022, por el cual se regulan en el Distrito de Santiago de Cali, “las formas, las características, los lugares y las condiciones para la fijación de la publicidad exterior visual destinada a difundir la propaganda electoral, para las elecciones de presidente y vicepresidente de la República, a realizarse el 29 de mayo de 2022”, se establece, entre otros aspectos:

1. No se permitirá la ubicación de vallas que posean áreas menores a ocho metros cuadrados, ni superiores a 48 metros cuadrados con excepción.

2. No se permitirá la instalación de publicidad exterior visual móvil o elementos publicitarios electorales en buses de transporte público o especial, microbuses de servicio público de transporte colectivo, buses y microbuses escolares, ni en vehículos que integren el Sistema Integrado de Transporte Masivo SITM-MIO; tampoco en transporte de servicio público individual tipo taxis, motocicletas, bicicletas, ‘tricivallas’ o cualquier otra movilidad que no se encuentre regulada en el presente Decreto.

3. La instalación de afiches o carteles de publicidad electoral en sitios no permitidos, genera al candidato y/o anunciante la imposición de multas por la autoridad competente, de conformidad con las disposiciones del parágrafo segundo, numeral 12 del artículo 140 de la Ley 1801 de 2016.